Aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora de la Venta No Sedentaria

6-Abril-2021

 

Aprobada inicialmente la ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA NO SEDENTARIA EN EL MUNICIPIO DE CASTALLA por acuerdo adoptado en sesión plenaria de fecha 31 de marzo de 2021, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, SE ABRE UN PERIODO DE 30 DÍAS contados a partir de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente en la Secretaría de este Ayuntamiento y formular las reclamaciones y sugerencias que estimen convenientes.

Asimismo, la ordenanza aprobada inicialmente estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en el Tablón de Anuncios, en la pestaña Anuncios y en la de Ordenanzas, y en el siguiente enlace:

Ordenanza Reguladora de la Venta No Sedentaria

En el caso de que no se presenten reclamaciones o sugerencias durante el período de información pública, se entenderá aprobada definitivamente la ordenanza. De presentarse reclamaciones o sugerencias, deberán ser resueltas por el Pleno, el cual deberá pronunciarse asimismo sobre la aprobación definitiva.

 

 

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