El Ayuntamiento establece un horario especial de cierre para determinados establecimientos públicos durante la época estival de 2018

16-Agost-2018

El Ayuntamiento de Castalla a través de Resolución de la Alcaldía-Presidencia 402/2018 de 14/8/2018, establece una ampliación de horario de cierre de determinados establecimientos públicos durante la época estival de 2018.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del DECRETO 21/2017, de 22 de diciembre, del President de la Generalitat, por el que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, para el año 2018, durante el período comprendido entre el 15 de junio y el 16 de septiembre de 2018, los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana podrán, motivadamente, prolongar el horario general de finalización establecido en el artículo 2.1 de este decreto los viernes, sábados y vísperas de festivos, en determinados establecimientos públicos.

Teniendo en cuenta que el municipio de Castalla durante el mes de agosto y principios de septiembre celebra fiestas patronales (Fiestas de Vaca y Fiestas de Moros y Cristianos), lo cual favorece además el turismo en nuestra localidad durante dicho periodo, esta Corporación considera conveniente la ampliación del horario de cierre de los establecimientos públicos incluidos en el Grupo B (entre otros, cafés- teatro, Cafés-concierto, pubs y karaokes) , en el Grupo J (entre otros, restaurantes, cafés y bares) y en el Grupo L (salones banquete), favoreciendo así tanto el desarrollo económico del sector hotelero como el tiempo de ocio de residentes y visitantes, pero siempre conciliando lo anterior con el derecho al descanso de todos los vecinos.

Así, por los expuesto, se amplía durante el periodo estival restante, esto es, desde la aprobación del Decreto 402/2018 hasta el 16 de septiembre de 2018, el horario general de cierre establecido en el artículo 2.1 del Decreto 21/2017, de 22 de diciembre, los viernes, sábados y vísperas de festivos para los establecimientos públicos incluidos en los grupos B, J y L, fijándolo como sigue:

– Grupo B: ampliación de media hora, hasta las 04.00 horas.

– Grupo J: ampliación de una hora, hasta las 02.30 horas.

– Grupo L: ampliación de media hora, hasta las 04.00 horas.

Se advierte que la ampliación de horarios en nada modifica la actividad para la que se tiene licencia, por lo que se estará a las condiciones de la misma, sobre todo en lo concerniente a si se tiene autorización para ambientación musical o no, y en todo caso, se deberá respetar la normativa sobre la protección contra la contaminación acústica.

De acuerdo con el Decreto 21/2017 antes citado, se ha comunicado esta resolución a la Dirección General competente en materia de Espectáculos, a la Policía Local y a la Asociación de Comerciantes y Hosteleros de Castalla, para su conocimiento y demás efectos, y se ha publicado en el Tablón de Anuncios y en la página web de este Ayuntamiento (https://carpeta.castalla.org/GDCarpetaCiudadano/Tablon.do?action=verAnuncios).

Los comentarios están cerrados.

Agenda

Pròxims esdeveniments

  • No hay eventos
Contacte 96 656 08 10 info@castalla.org
Xarxes socials