El Ayuntamiento establece un horario especial de cierre para determinados establecimientos públicos hasta el 14 de octubre de 2019

30-Agost-2019

 

El Ayuntamiento de Castalla a través de Resolución de la Cuarta Teniente de Alcalde 174/2019 de 29/8/2019, establece una ampliación de horario de cierre de determinados establecimientos públicos hasta el 14 de octubre de 2019.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del DECRETO 30/2018, de 14 de diciembre, del President de la Generalitat, por el que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas, actividades socioculturales y establecimientos públicos, para el año 2019, los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana podrán, motivadamente, prolongar el horario general de finalización establecido en el artículo 2.1 de este decreto hasta una hora, cuando, por las peculiaridades de las poblaciones, condiciones de insonorización, afluencia turística o duración de los espectáculos así lo aconseje.

Teniendo en cuenta que el municipio de Castalla durante el mes de agosto y principios de septiembre celebra fiestas patronales (Fiestas de Vaca y Fiestas de Moros y Cristianos), lo cual favorece además el turismo en nuestra localidad durante dicho periodo, esta Corporación considera conveniente la ampliación del horario de cierre de los establecimientos públicos incluidos en el Grupo B (entre otros, cafés- teatro, Cafés-concierto, pubs y karaokes) , en el Grupo J (entre otros, restaurantes, cafés y bares) y en el Grupo L (salones banquete), favoreciendo así tanto el desarrollo económico del sector hotelero como el tiempo de ocio de residentes y visitantes, pero siempre conciliando lo anterior con el derecho al descanso de todos los vecinos.

Así, por los expuesto, se amplía durante el periodo estival restante, y hasta el 14 de octubre de 2019, el horario general de cierre establecido en el artículo 2.1 del Decreto 30/2018, de 14 de diciembre, los viernes, sábados y vísperas de festivos para los establecimientos públicos incluidos en los grupos B, J y L, fijándolo como sigue:

– Grupo B: ampliación de media hora, hasta las 04.00 horas.

– Grupo J: ampliación de una hora, hasta las 02.30 horas.

– Grupo L: ampliación de media hora, hasta las 04.00 horas.

Se advierte que la ampliación de horarios en nada modifica la actividad para la que se tiene licencia, por lo que se estará a las condiciones de la misma, sobre todo en lo concerniente a si se tiene autorización para ambientación musical o no, y en todo caso, se deberá respetar la normativa sobre la protección contra la contaminación acústica.

De acuerdo con el Decreto 30/2018 antes citado, se ha comunicado esta resolución a la Dirección General competente en materia de Espectáculos, a la Policía Local y a la Asociación de Comerciantes y Hosteleros de Castalla, para su conocimiento y demás efectos, y se ha publicado en el Tablón de Anuncios y en la página web de este Ayuntamiento, a lo que se puede acceder haciendo click en el siguiente enlace: https://carpeta.castalla.org/documentos/C719F0510FEA8543AA95B85ED05E5FFF.pdf

 

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