Próxima consulta pública previa a la elaboración del proyecto de la Ordenanza reguladora de la Venta No Sedentaria

8-Abril-2020

El Ayuntamiento de Castalla, con la finalidad de adaptar su normativa municipal reguladora de la VENTA AMBULANTE y VENTA NO SEDENTARIA (Ordenanza aprobada en el año 2007, con dos modificaciones puntuales en los años 2017 y 2020) a la normativa autonómica reguladora de la materia, considera necesario aprobar una nueva Ordenanza municipal que se ajuste a lo dispuesto en el REAL DECRETO 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria, en la LEY 3/2011, de 23 de marzo, de la Generalitat, de Comercio de la Comunitat Valenciana, y en el DECRETO 65/2012, de 20 de abril, por el que se regula la venta no sendentaria en la Comunitat Valenciana, modificado por DECRETO 124/2018, de 3 de agosto, del Consell.

La importancia alcanzada por la venta ambulante en el sector de la distribución minorista exige la adopción de medidas tendentes a garantizar, de una parte, la realización de esta actividad en el marco de los principios que inspiran la regulación de la actividad comercial y, de otra, el respeto y garantía de los legítimos derechos de los consumidores y usuarios, la racionalización de la oferta en función de la capacidad de consumo de la población y una ordenación de los usos concurrentes de la vía pública en que esta actividad habitualmente se desarrolla.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 133 de la LEY 39/2015 de 1 de octubre de 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estas, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto normativo, deben sustanciar un consulta pública a través de su Portal Web, a fin de recabar la opinión de los sujetos, personas y organizaciones más representativas, potencialmente afectados por estas futuras actuaciones acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La consulta pública abordará la necesidad y la oportunidad de su aprobación, el cumplimiento de los objetivos que se pretenden, así como otras posibles soluciones alternativas regulatorias o no, en relación con este proyecto.

La Ordenanza municipal reguladora de la venta no sedentaria en el municipio proyectada plantea como objetivos:

– La promoción de la venta ambulante en el mercadillo municipal de Castalla y la protección de los intereses que concurren, tanto de los comerciantes como de los consumidores.

– La implantación de los principios y directrices definidos por la nueva normativa, europea, estatal y autonómica, en materia de comercio ambulante en el ámbito local.

– Regular los requisitos que cualquier vendedor debe reunir para poder tener acceso a la actividad, el procedimiento de selección y cobertura de vacantes, y las condiciones que se deben dar para poder ejercer el derecho de transmisión de la autorización concedida según lo establecido en el artículo 3.2 del Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria, y el resto de normativa autonómica relacionada.

A fecha de hoy, rige lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, prorrogado hasta el 12 de abril por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, constando además la tramitación en el Congreso de los Diputados de la solicitud del Gobierno de autorización para prorrogar el estado de alarma hasta el 25 de abril (inclusive), por lo que se informa a la ciudadanía que se suspenden y se interrumpen los plazos para la tramitación de todos los procedimientos administrativos, incluido el procedimiento de aprobación o modificación de Ordenanzas. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el mencionado Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. Cuando esto último se dé, se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castalla la apertura del plazo para que todos los interesados presenten, presencialmente o en la sede electrónica, sus opiniones y aportaciones a esta ordenanza.

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