CONSULTA PÚBLICA previa a su aprobación de la modificación de la Ordenanza reguladora de las Declaraciones Responsables y Comunicaciones Previas en materia de Urbanismo y Actividades

16-Juny-2021

El Ayuntamiento-Pleno, mediante acuerdo de fecha 25 de noviembre de 2015, aprobó inicialmente la “Ordenanza reguladora del procedimiento y régimen jurídico aplicable a las declaraciones responsables y comunicaciones previas en materia de urbanismo y actividades”. Publicada la aprobación inicial en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y no habiéndose presentado alegaciones a la misma, se consideró definitivamente aprobada y se publicó íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 3 de marzo de 2016.

Esta Ordenanza tuvo su razón de ser en la necesidad de refundir la normativa municipal existente previamente y adecuarla a la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana, a la Ley 6/2014, de 25 de Julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunidad Valenciana, así como al Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

Ahora bien, vistas las nuevas modificaciones que se han dado en estas dos leyes, siendo las más importantes:

– La Ley 1/2019, de 5 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana, que modifica, en otros aspectos, el artículo 213, que enumera los actos sujetos a licencia, y el 214, sobre las actuaciones sujetas a declaración responsable.

– Y la Ley 6/2018, de 12 de marzo, de la Generalitat, de modificación de la Ley 14/2010, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, en la que se modifica determinados aspectos del procedimiento de apertura de establecimientos públicos mediante declaración responsable,

se considera que es necesario aclarar y armonizar la normativa vigente en la materia, y ello atendiendo a los principios de seguridad jurídica, legalidad y eficacia que informan la actuación de las Administraciones Públicas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 133 de la LEY 39/2015 de 1 de octubre de 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estas, con carácter previo a la elaboración de un Proyecto o anteproyecto normativo, deben sustanciar una consulta pública a través de su Portal Web, a fin de recabar la opinión de los sujetos, personas y organizaciones más representativas, potencialmente afectados por la futura norma.

A tales efectos, se pueden consultar los siguientes documentos:

 Anuncio de la consulta pública de fecha 16/06/2021.

– Proyecto de la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE A LAS DECLARACIONES RESPONSABLES Y COMUNICACIONES PREVIAS EN MAETERIA DE URBANISMO Y ACTIVIDADES.

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