NOTA INFORMATIVA – QUEMAS

31-Enero-2018

La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural ha resuelto levantar la prohibición de quemas en terrenos forestales establecida el pasado 6 de enero.

Las quemas deberán practicarse entre la salida del sol y la 13:30 horas, conforme Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias, sobre reducción de los horarios aptos para la realización de quemas (DOG núm. 7.242, de 27 de marzo de 2014), momento en el cual el fuego debe estar totalmente extinguido.

Además, está prohibida la ejecución de quemas en el periodo comprendido entre el Jueves Santo y el lunes inmediatamente después del Lunes de Pascua, conocido como Lunes de San Vicente, conforme lo dispuesto en la Orden de 2 de marzo de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se regulan medidas extraordinarias para la prevención de incendios forestales durante el periodo de Semana Santa y Pascua (DOG núm. 4959, de 4 de marzo de 2005).

La resolución puede consultarse en el enlace siguiente:

http://www.dogv.gva.es/datos/2018/01/31/pdf/2018_856.pdf

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